Caso Wallace (5 de diciembre 2017)

Fuente: En Vero Español 
Autores: David Bertet, Presidente; y María Gabriela Zurbarán Duque, Secretaria del Consejo de administración
El 5 de diciembre de 2017

 

Carta abierta al Ministro Luis María Aguilar Morales
Presidente de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal

 

OFICIO: EV/COL/CASO/WALLACE/20171128

CAUSA PENAL: 35/2006 – II y OTROS

 

Montreal, Canadá

El 28 de noviembre del 2017

 

MAGISTRADO LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
MINISTRO PRESIDENTE DE LA S.C.J.N. Y PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

 

CC: LIC. HÉCTOR VÁZQUEZ FERZULI
JUEZ DÉCIMO SEXTO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL DISTRITO

 

En Vero (anteriormente: Asociación Canadiense por el Derecho y la Verdad) es una organización sin fines de lucro con base en Montreal (Canadá) y fundada en diciembre de 2013, con la misión de promover y proteger los derechos humanos de las personas vulnerables a la injusticia, a través de la defensa de casos reales de personas inocentes que han sido encarceladas y-o condenadas injustificadamente (o “culpables fabricados”).

El fortalecimiento del estado de derecho y de los mecanismos de impartición de justicia en México forma parte de nuestras mayores preocupaciones. En nuestra opinión, ese objetivo de una justicia imparcial, pronta, expedita, independiente y libre de prejuicios, solo se puede lograr a través del dialogo entre organizaciones no gubernamentales como la nuestra y los representantes de las instituciones del país. En ese tenor, nuestra organización desde su fundación en diciembre de 2013 ha investigado casos de personas víctimas de las practicas sistemáticas de fabricación de culpables en México, vía violaciones a los derechos humanos de los imputados, y violaciones al debido proceso. Si bien saludamos los esfuerzos manifestados por los poderes judicial y legislativo para sancionar y eliminar la práctica de la tortura, y el énfasis de la Suprema Corte de Justicia en la absoluta prioridad del respeto al debido proceso, es también nuestro deber, como organización de defensa de los derechos humanos imparcial, manifestar que en numerosos casos en los que trabajamos, la justicia sigue prácticamente alejada de sus principios fundamentales.

En Vero ha sido una de las únicas organizaciones que se han pronunciado abiertamente y de manera transparente sobre las graves violaciones a la legalidad y al debido proceso que se han cometido en el denominado “Caso Wallace”, caso al que el poder ejecutivo no ha prestado atención a pesar de nuestros intentos de dialogo con la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos. Hemos observado que se siguen cometiendo gravísimas irregularidades en el desarrollo de las audiencias de los procesados Jacobo Tagle Dobin y Brenda Quevedo Cruz, y creemos que dichas irregularidades y violaciones representan un obstáculo mayor para las garantías del estado de derecho.

El 23 de noviembre, se celebró una audiencia Pública, mandatada por el Tribunal Unitario al Juzgado Décimo Sexto de Procesos Penales el en el Distrito Federal, donde se ventila el expediente 35/2006, audiencia celebrada por el secretario del juzgado en ausencia del juez titular, participando una funcionaria menor en funciones de juez. El propósito de dicha audiencia era esclarecer un dicho del señor y coacusado Cesar Freyre Morales en una audiencia anterior ante el juez Héctor Vázquez Ferzuli de fecha 10 de febrero de 2015. Es el caso que la audiencia de referencia 23 de noviembre del año 2017 no cumplió con los requerimientos jurídicos y procesales elementales:

  • Cesar Freyre Morales no estuvo presente durante la audiencia, sin que se haya dado algún motivo valido para justificar dicha ausencia.
  • En ausencia de su coacusado Cesar Freyre Morales, los procesados y sentenciados Tony y Alberto de apellidos Castillo, Juana Hilda Lomelí, Brenda Quevedo Cruz y Jacobo Tagle Dobin no pudieron ahondar en lo mandatado por el unitario.
  • El secretario de acuerdos Agustín Javier Gallegos Herrera negó al defensor de Jacobo Tagle Dobin que se entrevistara con su defendido previamente al inicio de la audiencia, en violación a los derechos del imputado.
  • El abogado defensor de Jacobo Tagle Dobin tuvo que negarse a firmar las actas y transcripciones de la audiencia dado que no correspondían a lo declarado por los imputados, y pedir que se volvieran a redactar conforme al contenido de la audiencia.

Desde el inicio, se han presentado irregularidades y violaciones similares, las cuales ponen en duda la legalidad del proceso. Dichas acciones han tenido repercusiones sumamente negativas en la defensa misma de los acusados y han incidido en las sentencias que ya fueron emitidas. Refiriéndose tanto a las legislaciones nacionales como a Convencionales de tratados Internacionales, los sentenciados y procesados Tony y Alberto de apellidos Castillo, Juana Hilda Lomelí, Brenda Quevedo Cruz y Jacobo Tagle Dobin solicitarón durante la audiencia del 23 de noviembre, hacer uso de sus derechos como imputados en atención a los principios de debido proceso, y estricto derecho, entre los cuales la comunicación entre la defensa y los procesados y sentenciados. Dicha documentación quedó debidamente probada tal como se acredita en la propia acta de la audiencia en su versión autorizada y firmada por los abogados defensores de los imputados. Expresamos nuestro deseo de que dichas manifestaciones sean tomadas en cuenta por el Poder Judicial de la Federación.

Tomando en cuenta lo anterior, manifestamos lo siguiente:

PRIMERO –

Exhortamos al Consejo de la Judicatura Federal y al Máximo Tribunal que tomen todas las medidas necesarias para la prevención de futuras violaciones al debido proceso en el marco de las audiencias de la causa penal, así como todas las diligencias en las que la Sra. María Isabel Miranda Torres actúa como coadyuvante al Ministerio Público de la Federación, y que se implementen de forma urgente (1) mecanismos de vigilancia durante las audiencias de los imputados en el caso Wallace, así como (2) mecanismos de protección eficientes que se brindarán a los acusados entre las audiencias, para evitar que los imputados reciban visitas extraoficiales de parte de personas cercanas a la Sra. Isabel Miranda de Wallace.

Fuentes de información confiables nos han manifestado que el Sr. Cesar Freyre Morales había recibido ese tipo de visitas en fechas anteriores a las audiencias más recientes, lo cual explicaría el carácter extraño de sus manifestaciones en las audiencias de fechas 3 y 23 de octubre de 2010, y 26 de septiembre de 2016. Cabe señalar que, durante la audiencia de careo del 26 de septiembre de 2016, el Sr. Freyre fue autorizado por el Juez a dar lectura de una nota anteriormente escrita, manifestando que ni él ni sus co-procesados “hemos sido sometidos a ningún acto de tortura”, y que junto con sus co-acusados se habían puesto de acuerdo con el fin de “evadir su responsabilidad”—expresión frecuentemente utilizada por la Sra. Isabel Miranda de Wallace en sus apariciones públicas y entrevistas mediáticas. (Véase Anexo 1: extracto de la audiencia del 26 de septiembre de 2016 en la que Cesar Freyre Morales dio lectura a un escrito previamente elaborado; Anexo 2: extractos de declaraciones públicas de Isabel Miranda de Wallace con la expresión “evadir su responsabilidad”)

SEGUNDO –

A pesar de contar con un amparo indirecto (1722/2015), el cual le fue otorgado por el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal en el Estado de Jalisco para que sea trasladado a otro penal, las autoridades penitenciarias siguen negándose en la ejecutoria de la decisión del Juzgado. En Vero solicita la intervención del Máximo Tribunal para que la sentencia 1722/2015 sea ejecutada, después de más de dos años de haber sido rendida.

TERCERO –

Debido a las gravísimas violaciones al derecho a una defensa adecuada en perjuicio a Jacobo Tagle Dobin, quién ha sido privado de su defensora pública durante un periodo inaceptable de 6 meses, sin que ni él, ni su familia hayan sido notificados por la Defensoría Pública (Véase: Oficio: ACDV/MX/CASO/TAGLE/11012017[i]), nuestra organización proporcionó a Jacobo Tagle Dobin un defensor particular en la persona del Licenciado Oscar Sánchez identificado con número de cédula: 09081242, quién, de ahora en adelante asumirá la defensa del Sr. Tagle. En su calidad de colaborador de la asociación En Vero, el Lic. Oscar Sánchez estará bajo la protección de nuestra organización, la cual girará sus oficios a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que nuestro colaborador sea protegido, ante el temor fundado que su integridad y su honra se vean vulneradas por parte de la Sra. Isabel Miranda Torres en aquiescencia con agentes de la Procuraduría General de la Republica.

Finalmente, dada la persecución de la que han sido víctimas los acusados, sus familiares, sus abogados defensores, periodistas y activistas incluyendo al presidente de nuestra organización, el Mtro. David Bertet, y como lo hicimos anteriormente para la Sra. Pasiana Enriqueta Cruz, madre de Brenda Quevedo Cruz, así como para los demás familiares de los sentenciados y procesados, hacemos responsable a la Sra. María Isabel Miranda torres o Isabel Miranda de Wallace, de cualquier vulneración a la integridad física, psicológica y profesional de nuestro integrante el Lic. Oscar Sánchez.

Atentamente.

 

David Bertet  
Presidente del Consejo de Administración
[email protected]

 

María Gabriela Zurbarán Duque
Secretaría del Consejo de Administración
[email protected]

 

[i] Comunicación enviada el 11 de enero de 2017 a: Instituto Federal de Defensoría Pública; Lic. Mario Alberto Torres López, Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública; Lic. Loel René García Cervantes, Director de Prestación del Servicio de Defensa Penal en la Ciudad de México, Lic. Jorge Rivero Ortiz, Titular de Lla Unidad de Defensa Penal y Evaluación del Servicio, Lic. Martin Mendoza García, Lic. Héctor Vázquez Ferzuli.